El Ayuntamiento de Vícar informa sobre las becas para  necesidades específicas de apoyo educativo del Ministerio de Educación

Vigente.

El plazo está abierto hasta el 30 de septiembre y por vez primera se incluye a alumnos afectados por TEA

Vícar 12 de agosto de 2020. El Ayuntamiento de Vícar, a través de su Concejalía de Educación, informa a las familias del municipio con hijos en edad escolar  con necesidad específica de apoyo educativo asociada bien a algún tipo de discapacidad de la que resulte la necesidad de recibir educación especial, bien a una alta capacidad intelectual que precise actividades complementarias a la formación reglada, sobre la apertura de becas por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

 

Como ha señalado el alcalde de Vìcar, Antonio Bonilla, “se trata de un colectivo que requiere una especial atención y por lo tanto ponemos en conocimiento de sus familias la posibilidad de acogerse a estas ayudas que este curso, por vez primera incluye a niños y niñas con autismo“.  Estas becas van destinadas a Educación Primaria. ESO, Bachillerato, Ciclos formativos de grado medio y superior y Enseñanzas artísticas profesionales, siendo incompatibles con la becas general del MEC.

 

Según se informa desde la Concejalía de Educación, entre los requisitos para obtener estas ayudas figura  el tener  cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2019, si bien  excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.  Además los beneficiaros de estas ayudas deberán estar escolarizados en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales y que hayan sido creados o autorizados como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, es decir antes del próximo 30 de septiembre.

 

Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es. Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante tiene certificado electrónico, puede completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato pdf (escaneando) la documentación que le sea requerida por la propia aplicación, el plazo de presentación de dicha documentación se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2019.

 

Si no tiene certificado electrónico, una vez cumplimentada la solicitud online, deberá imprimir el modelo de solicitud que facilita la aplicación (PDF) y presentarlo firmado junto con el resto de documentación en el centro educativo (antes del 30 de septiembre), que seguirá con la tramitación de las solicitudes para remitirlas con posterioridad a las Unidades de Becas.

 

Como en cursos anteriores, la ayuda concedida debe destinarse a la finalidad para la que se concede, por lo que posteriormente se exigen los justificantes de pago por reeducación pedagógica, del lenguaje, etc. Por lo que se debe conservar las facturas.

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